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La tenencia de la tierra en el Sur de Sonora

La entrega de escrituras de la alcaldesa de Navojoa a familias de varias colonias debe extenderse también al medio rural.


Por Emilio Borbón Willis

 

Navojoa/VdM, 29 de julio

 


Muy atinada y benéfica la labor de la presidenta municipal de Navojoa, Rosario Quintero Borbón, al estar entregándole las escrituras de sus solares a cientos de vecinos de varias colonias.

Con esta muy útil acción se duplicó y hasta se triplicó el patrimonio de esas gentes, pero sobre todo les dio certidumbre y tranquilidad de poderles heredar algo a sus descendientes. Sin embargo, falta algo: hace falta extender ese programa al medio rural, al sector de las comunidades indígenas dentro del distrito de riego; hagamos historia al respecto.

El primer esfuerzo de legalizar la posesión de terrenos rurales en la región fue irónicamente por órdenes de don Porfirio Díaz, tal vez lo hizo para callar su conciencia ya que fue el más despojador de tierras de la historia de México, solo superado por Enrique Peña Nieto, un presidente que concesionó millones de hectáreas, básicamente para la explotación minera.

En la primera década del siglo XX se levantó el primer plano detallado en la región del mayo, hecho por ingenieros militares. Dicho plano, del cual afortunadamente tengo una copia, consta de el trazo de colonias, las colonias en cuadriláteros y los cuadriláteros en la unidad mínima personal de propiedad llamado lote, al que se le nombra lote porfiriano, con un área de 3-05-17 hectáreas. Cada colonia está integrada por 25 cuadriláteros, cada cuadrilátero por 100 lotes de 3.0517 hectáreas.

Así, tenemos la Colonia Agrícola Navojoa, la Colonia Agrícola San Ignacio Cohuirimpo, la Colonia Agrícola San Pedro, Agrícola Etchojoa y la Colonia Agrícola Santa Cruz. Estos documentos legales, llamado Títulos Porfirianos, son los más reconocidos, así como el Plano general, que es la base para la legalización de la tenencia de la tierra, tanto en el sector particular como en el sector ejidal, ya que se menciona en cada una de las resoluciones presidenciales a los ejidos, qué lotes de cada cuadrilátero y de qué colonia, pasaban a ser parte del ejido que se trate.

¿Cuál es la razón por lo que afirmo que el Programa de Escrituración abarque también al medio rural?, es por la siguiente: el Distrito de Riego, cuando fue creado, se hizo un levantamiento de información para formar el Padrón de Usuarios de Riego. Bastaba que el poseedor de terreno dentro del distrito mostrara su documento legal que tenía, el cual en su mayoría era el Título Porfiriano, con más de cincuenta años de vida, y esto en el sector particular. Para los que no lo tenían, bastaba un documento de la autoridad o justicia local, con la firma de dos testigos, quienes afirmaban que eran los verdaderos derechosos de los terrenos; con eso se integraron en el Padrón de Usuarios del Distrito de Riego número 038 Río Mayo, Sonora, y fueron a la vez registrados en el Registro Público de Derechos de Agua de México.

Sin embargo, los que se registraron ya murieron todos, teniendo el inconveniente a la hora de que se quiera actualizar por los herederos, que se les exige una escritura a su nombre, la cual es muy costosa y lleva tiempo, lo que los hace presa fácil del despojo, sobre todo a los de la etnia Mayo, que son la mayoría de minifundistas del Distrito de Riego.

La razón es que los que tenían títulos reconocidos no dejan testamento, lo que les impide a sus descendientes comprobar su legítima propiedad, misma que les pide hacerlo el Distrito de Riego y, en su mayoría sigue el Padrón a nombre del original. ¨

 

*E-mail: ingenieroemilio@hotmail.com

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