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Obligatorio en Sonora uso del cubrebocas

Aprueba Congreso del Estado ley que regula el uso y otras medidas para frenar al Covid-19

 

Hermosillo/VdM, 04 de noviembre

 


El Congreso del Estado aprobó ayer la Ley que regula el uso de cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión de la enfermedad provocada por el Virus Sars-cov-2 (Covid-19) en el Estado de Sonora.

Misma que estará vigente durante el tiempo que permanezca la emergencia ocasionada por dicha pandemia y hasta que la autoridad sanitaria estatal declare oficialmente su conclusión.

¿En dónde deberá utilizarse?

Establece que el uso de cubrebocas es obligatorio para todas las personas que se encuentren en el territorio del Estado, en vías y espacios públicos o de uso común.

Así como en el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios; centros de trabajo de cualquier ramo; centros comerciales considerados como esenciales o no esenciales; así como para usuarios, operadores y conductores de los servicios de transporte de pasajeros y de carga.

“La obligatoriedad de usar cubrebocas no sustituye las medidas adicionales dictadas por la autoridad sanitaria, como es el resguardo domiciliario y solo salir por razones esenciales o de emergencia”, establece uno de los considerandos del dictamen, que en el Artículo 3 del proyecto de Ley destaca que dicha obligatoriedad tiene como finalidad prevenir que las personas infectadas transmitan el virus a otras (control de fuentes) y brindar protección a personas sanas contra la infección (prevención).


La norma dispone que las autoridades competentes, para vigilar el cumplimiento de esta Ley, serán las sanitarias y de inspección estatales y municipales, en coordinación, dentro del ámbito de su competencia, respecto de las medidas sanitarias en oficinas públicas, privadas y cualquier centro de trabajo; el transporte público de pasajeros; y en establecimientos comerciales, industrial, empresarial, de negocios o de servicios.

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