Advierte la Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública de Sonora
Hermosillo/VdM, 22 de abril
Una sentencia de hasta seis años de prisión puede recibir una
persona que difunde imágenes íntimas sin autorización (packs), advirtió la
Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) de Sonora.
Con base en la Ley de Protección Integral contra la Violencia
Digital, contemplada en el Código Penal para el Estado de Sonora, en su
Artículo 167 TER, establece que la Violación a la Intimidad Sexual es un delito
que se penaliza de cuatro a seis años de prisión y de 150 a 300 unidades de
medida y actualización.
Destacó que el “sexting” forma parte del ejercicio libre de
los derechos sexuales y comprende el envío y/o recepción de contenido sexual a
través de medios electrónicos.
El mismo consiste en el intercambio de imágenes y vídeos
sexuales a través de mensajes por redes sociales y correo. Esta práctica es
considerada como un derecho por distintas organizaciones como la del Frente
Nacional por la Sororidad, impulsores de la Ley Olimpia.
Pero entre los peligros más comunes del sexting se destacan
que una vez que enviadas imágenes o vídeos, incluyendo los que se envían en una
conversación con webcam, se pierde totalmente el control de los mismos. La
exposición de estas imágenes sexuales produce un daño irreparable a la
integridad y privacidad de la persona que comparte su contenido.
Fotos y videos
Otro de los riesgos, indicó, es el robo de fotos o vídeos
sexuales guardados en dispositivos electrónicos para luego publicarlos en
Internet.
En caso de utilizar una webcam durante una conversación con
otra persona, esta imagen puede ser capturada y grabada por el receptor, para
luego ser publicada en la red y/o extorsionar a la persona.
La Unidad Cibernética recomendó que, para un sexting seguro,
se proteja la identidad cubriendo rostro o alguna señal con la cual se pueda
identificar a la persona; utilizar aplicaciones de mensajería donde se borren
automáticamente los mensajes; eliminar este tipo de contenido del dispositivo
móvil, computadora o de la nube, si es el caso.
Violencia a la intimidad
Entre las conductas que violentan la intimidad sexual
destacan distribuir, exponer, difundir, exhibir, reproducir, transmitir,
comercializar, ofertar, publicar, intercambiar, compartir, videograbar,
audiograbar, fotografiar, filmar o elaborar, imágenes, audios o videos de
contenido sexual, erótico o pornográfico de una persona, reales o alterados, a
sabiendas de que no existe consentimiento, mediante materiales impresos, correo
electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio
tecnológico.
Las principales recomendaciones que comparte la Unidad
Cibernética en caso de que alguien difunda contenido privado es, en primera
instancia, identificar el tipo de delito, recopilar y resguardar evidencias que
pudieran servir como prueba (direcciones de internet o de la red social,
capturas de pantalla) y denunciar, si es aplicable, en la red social donde se
publicó el contenido; cambiar contraseñas, activar la autenticación de dos
pasos para acceder a las redes y proteger la privacidad en la configuración, evitar
contactarse con el agresor en caso de conocerlo, solicitar asesoramiento al
personal de la Unidad Cibernética e interponer denuncia en la Fiscalía General
de Justicia del Estado de Sonora.
Para mayor información la Unidad Cibernética de la Secretaría de Seguridad Pública pone a disposición el teléfono 800-77-CIBER (24237) y el correo electrónico ciberssp@sonora.gob.mx.
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