REPARACION DEL DAÑO
Reza un principio fundamental de justicia que quien cometa un daño a otra persona está obligado a repararlo, siendo que la autoridad debe vigilar que se cumpla con dicha obligación y contar con la capacidad suficiente para brindar atención a las víctimas de hechos ilícitos o delitos.
En muchas ocasiones realizamos una evaluación de la eficiencia en la Procuración de Justicia, enfocándonos en gran medida en las estadísticas que nos presentan las fiscalías y el Poder Judicial en relación a los procedimientos de investigación y juicios que se llevan a cabo para sancionar a las personas responsables de cometer un acto que la ley califica de ilegal.
Sin embargo, pocas veces volteamos a ver a las víctimas y a la restauración de los daños que se les provoco. Al respecto es importante señalar que desde 2013 contamos con una Ley General de Victimas, que regula el trato que la autoridad debe brindarles y lo que debemos entender por una reparación integral del daño para cada caso en particular.
La mencionada ley contempla una serie medidas para la atención a las víctimas que van desde una ayuda inmediata en materia de salud, incluyendo hospitalización, ambulancia, medicamentos, pruebas de laboratorio, material ortopédico, etc., los cuales deben proporcionarse por el Estado de manera gratuita e inmediata.
También contempla medidas de alojamiento, alimentación, transporte, protección, asesoría jurídica, como ayuda inmediata a las víctimas. Adicionalmente la ley contiene normas que regulan de qué forma se tiene que realizar la reparación del daño ocasionado, mediante la rehabilitación física, psicológica y emocional; la compensación, que debe tomar en cuenta el daño moral y los perjuicios que se hayan ocasionado; las garantías de no repetición que en su caso se determinen por la misma autoridad, entre otras acciones específicas.
A pesar que, como vemos, la ley señala varias medidas para brindar atención a las personas que sufren las consecuencias de un acto ilegal o una violación a sus derechos humanos, no existe una evaluación del cumplimiento que se ha dado a las obligaciones de los responsables y del Estado, el nivel de satisfacción de las personas que se ven envueltas en calidad de victimas esta por los suelos.
Como sociedad debemos, si exigir que los responsables sean sancionados conforme a la ley, pero también preocuparnos por las víctimas, su atención y reparación del daño, debemos promover que se generen las medidas que garanticen que las cosas regresen a como estaban antes de sufrir la violación a sus derechos y, en caso de no ser posible, que se indemnice contemplando de forma integral dicha restauración.
Un accidente de tránsito, una negligencia médica, una falta de una autoridad, un robo o cualquier acto ilegal, le puede cambiar la vida a cualquier persona, es por ello que debemos estar atentos, ser solidarios con la persona que sufren las consecuencias de dichos actos y exigir a las autoridades, castigo para los responsables y una reparación integral para las víctimas. LIC. JUAN MANUEL ESCALANTE TORRES
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